Las hipotecas son un excelente medio de apalancamiento financiero para que las personas puedan adquirir casas o pisos, sin tener que contar con el dinero completo, de esta manera es mucho más fácil y seguro comprar tu propia casa.
No obstante, existen algunas complicaciones con las entidades financieras y el contrato de la hipoteca. Un ejemplo es el cobro de los gastos de gestión de una hipoteca, que corrían por cuenta del acreditado, pero en 2015 el Tribunal Supremo ratifico que el banco debe cubrirlos.
¿Tienes una hipoteca y te cobraron los gastos de gestión? O bien ¿eres víctima de una cláusula abusiva? Entonces no debes dejar de leer esta edición del blog.
Hasta hace algunos años cuando los deudores pagan los gastos de gestión de la hipoteca por lo general se añadía el 2 % del valor del financiamiento, en una hipoteca de 200. 000 euros el monto adicional a pagar alcanzaba unos 4.000 euros, contemplados en las cuotas mensuales.
Los gastos que se pueden reclamar se encuentran en la sentencia del Supremo 705/2015 de 23 de diciembre de 2015 y son los siguientes:
· Gastos notariales de constitución de los hipotecados
· Gastos por la inscripción al registro
· Gastos de autoliquidación (pago) del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados
· Gastos de cancelación de la hipoteca
· Gastos de entrega de documentos que certifica que la hipoteca ha quedado extinta
· Gastos de estudios previos de las condiciones financieras de los solicitantes
· Gastos por la tramitación y redacción de la hipoteca
· Gastos de abogados y procuradores en caso de juicios o reclamaciones por demora
· Cláusulas abusivas como si el banco te obligo a contratar un seguro contra impagos
· Gastos por modificaciones que se introduzcan en el documento hipotecario
· Gastos de tasación
Desde el 2015 la legislación ha evolucionado y se ha puesto en contexto la falta de transparencia y las cláusulas abusivas impuestas por los bancos, por lo que en 2019 se marcó un punto de inflexión en la regulación de hipotecas. La legislación se amplió en cuanto a la protección del consumidor y se han establecido varios gastos asociados al crédito que deben ser asumidos por las entidades financieras.
El único requisito para reclamar estos gastos es haber suscrito una hipoteca antes de junio de 2019, y que el contrato incluya cláusulas abusivas que antes menciona.
Es importante destacar que el derecho a reclamar el reembolso de estos gastos no se encuentra sujeto a un plazo de prescripción o caducidad, incluso se pueden reclamar si la hipoteca ya fue saldada.
Para realizar la reclamación es necesario contar con todas las facturas relacionadas con los gastos a reclamar (gastos de gestoría, registro de la propiedad, notaría, entre otros).
Con la documentación reunida puedes presentar una reclamación al banco que te otorgo el crédito por medio de su servicio al cliente. La entidad financiera debe responder en un plazo máximo de un mes, en caso de no haber recibido una notificación al respecto o si la respuesta del banco no es satisfactoria para ti puedes acudir al servicio de reclamaciones del Banco de España.
Otra forma de realizar la reclamación es por la vía judicial, aquí un juez dictará si las cláusulas son abusivas o no. Antes de iniciar un proceso de reclamación, te recomendamos consultar con un abogado experto, así podrás tener un mejor panorama sobre lo que puedes o no hacer.
El experto será el encargado de negociar con la entidad financiera y de realizar todos los trámites pertinentes y si es necesario ser tu representante en un juicio, de esta manera tendrás más posibilidades de recuperar tu dinero.